EL MINISTERIO PÚBLICO MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF)


8 de noviembre.- El Ministerio Público modificó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), instrumento técnico normativo que determina la naturaleza, finalidad, competencia de una entidad pública.

El Ministerio Público modificó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), instrumento técnico normativo que determina la naturaleza, finalidad, competencia de una entidad pública.

La Resolución de la Fiscalía de la Nación 2334-2022-MP-FN, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el índice, los artículos 4, 5, y 154 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF 2018), e incorpora en el Capítulo II del Sub Título IV del Título Segundo, los artículos 19-A y 19-B.

Asimismo, modifica su organigrama y dispone que la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público actualice los documentos de gestión correspondientes para la implementación de lo dispuesto por la Ley Nº 30944.

De igual modo, establece que la Gerencia General emita las disposiciones correspondientes para la implementación de lo dispuesto en el presente acto resolutivo. Como se recuerda, por medio de la Ley Nº 30944 se crea la Autoridad Nacional de Control como un órgano del Ministerio Público, la cual cuenta con autonomía administrativa, funcional y económica de conformidad con la citada ley.

Dicho organismo tiene a su cargo el control funcional que comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción conforme a la Ley 30483, Ley de Carrera Fiscal. En la parte considerativa, refiere que las modificaciones establecen el cambio de la nomenclatura de Fiscalía Suprema de Control Interno, por el de Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.