JUSTICIA ESPAÑOLA CONDENA A UNA EMPRESA DE MANTENIMIENTO POR DESCUIDAR LOS ASCENSORES DE UNA COMUNIDAD.


30 de julio (Alerta Informativa).- Una sentencia de un juzgado de primera instancia de Benidorm condena a una empresa de mantenimiento de ascensores a indemnizar, con el importe del coste de reparación y puesta en funcionamiento de los elevadores, a una comunidad de propietarios a pesar de la resolución contractual anticipada, y sin preaviso, realizada por parte de la citada comunidad. El juez considera que fue la empresa de mantenimiento quien había incumplido, en primer lugar, sus obligaciones contractuales de mantener en buen uso los elevadores.

María García Fernández, del despacho Luis Bajo Fernández Abogados, es la abogada que defendió a la comunidad de propietarios. La jurista explica que “la importancia de la resolución dictada por el Juzgado radica en que, tras un riguroso análisis de las circunstancias concurrentes, concluye la existencia de causa justificada para declararse la correcta resolución contractual sin preaviso porque la mayoría de piezas a sustituir (o defectos a corregir) en los ascensores tenían cobertura prevista en el contrato de servicios que vinculaba a las partes y, sin embargo, no se prestó la cobertura contratada.”

Puede consultar la sentencia completa en el siguiente enlace: https://bit.ly/3yh6D5S