LEY Nº 30483.- LEY DE LA CARRERA FISCAL.


Se muestra un resumen. Para mayor información sírvase revisar el Diario Oficial El Peruano.


Artículo I. Autonomía, independencia e imparcialidad
El Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo, ejerce sus funciones de manera independiente y objetiva, con arreglo a la Constitución Política y a la ley.

Artículo II. Ingreso y desarrollo de la carrera fiscal
El ingreso a la carrera fiscal es voluntario, su desarrollo guarda relación con las competencias institucionales y personales requeridas por la presente ley.

Para revisar el texto completo de la norma ingrese al siguiente enlace:
http://www.lozavalos.com.pe/alertainformativa/index.php?mod=documento&com=documento&id=4596