MODIFICAN CÓDIGO PENAL PARA REFORZAR LA PREVENCIÓN Y LAS ACCIONES E INVESTIGACIÓN DEL TID
DECRETO LEgISLATIVO QUE MODIFICAEL DECRETO LEgISLATIVO Nº 1241,DECRETO LEgISLATIVO QUE FORTALECE LALUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROgAS,Y EL CÓDIgO PENAL, APROBADO POREL DECRETO LEgISLATIVO Nº 635
Artículo 1. - Objeto
El presente Decreto Legislativo tiene por objetoactualizar el marco normativo sobre tráfico ilícito de drogas- TID, a través de la modificación del Decreto LegislativoNº 1241, Decreto Legislativo que fortalece la lucha contrael tráfico ilícito de drogas, y el Código Penal, aprobadopor el Decreto Legislativo Nº 635, con la finalidad dereforzar la articulación entre las autoridades competentes,la prevención y las acciones de control e investigación deltráfico ilícito de drogas, en la lucha contra la delincuenciay crimen organizado.
Artículo 2.- Modificación de los artículos 2, 3, 4,5, 9, 13, 14, 15 y 19 del Decreto Legislativo Nº 1241,Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra eltráfico ilícito de drogas
Se modifican los artículos 2, 3, 4, 5, 9, 13, 14, 15 y 19del Decreto Legislativo Nº 1241, Decreto Legislativo quefortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, en lostérminos siguientes:
“Artículo 2.- Autoridades competentes y entidadesde apoyo2.
1. La Comisión Nacional para el Desarrollo yVida sin Drogas - DEVIDA diseña, coordina yejecuta de manera integral las acciones deprevención contra el consumo de drogas y dedesarrollo alternativo integral y sostenible,conduce y articula la Política Nacional contralas Drogas con los sectores e institucionesen la lucha contra el TID, conforme a L.ey2.
2 El Ministerio del Interior conduce y supervisalas políticas sectoriales en materia de luchacontra las drogas, insumos químicos y productosfiscalizados decomisados por tráfico ilícito dedrogas, erradicación de los cultivos ilegales ydestrucción de drogas ilegales decomisadas.
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