PROPONEN AGRAVAR LA PENA POR ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR


PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULOS 189, ROBO AGRAVADO EN EL CÓDIGO PENAL, PARA ENDURECER LAS PENA POR ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, SUS AUTOPARTES O ACCESORIOS

Artículo 1.- OBJETO DE LA LEY

El objeto de la presente Ley es sancionar de forma drástica al delito de robo vehículos gran demanda; sancionados en el Artículos 189° del Código Penal; con el fin de mitigar el crecimiento alarmante del delito de robo de vehículos de gran demanda, por constituir una amenaza a la seguridad ciudadana.

ARTÍCULO 2.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 189 DEL CÓDIGO PENAL

Modificar el artículo 189° del Código Penal, el que queda redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 189°. - La pena será no menor de doce ni mayor de veinte años si el robo es cometido:

1. En inmueble habitado.

2. Durante la noche o en lugar desolado.

3. A mano armada.

4. Con el concurso de dos o más personas.

5. En cualquier medio de locomoción de transporte público o privado de pasajeros o de carga, terminales terrestres, ferroviarios, lacustres y fluviales, puertos, aeropuertos, restaurantes y afines, establecimientos de hospedaje y lugares de alojamiento, áreas naturales protegidas, fuentes de agua minero-medicinales con fines turísticos, bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación y museos.

6. Fingiendo ser autoridad o servidor público o trabajador del sector privado o mostrando mandamiento falso de autoridad.

7. En agravio de menores de edad, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o adulto mayor

 

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