PROPONEN IMPOSIBILITAR POSTULAR A CARGOS PÚBLICOS A SENTENCIADOS POR VIOLACIÓN SEXUAL


PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE IMPOSIBILITA POSTULAR A CARGOS PÚBLICOS O ELECCIÓN POPULAR A SENTENCIADOS POR TERRORISMO Y VIOLACIÓN SEXUAL

Artículo 1. Objeto de la Ley

Por la presente Ley de reforma constitucional tiene por objeto modificar el artículo 139 inciso 22 de la Constitución Política del Perú, para los postulantes a cargos públicos representativo o de elección popular.

Artículo 2. Modificación del artículo 139 inciso 22 de la Constitución Política del Perú

Modifíquese el artículo 139 inciso 22 de la Constitución Política del Perú.

Artículo 139.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional:

22) El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. En tanto los sentenciados por terrorismo y violación sexual, aun cuando hubieran sido rehabilitados, no podrán acceder a cargos públicos o de elección popular.