SE PRETENDE REGULAR EL USO DE LA FUERZA POLICIAL EN SU LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA Y CRIMEN ORGANIZADO


 

LEY QUE REGULA EL USO DE LA FUERZA POR PARTE DE LA POLICÍA
NACIONAL DEL PERÚ EN SU LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA Y
CRIMEN ORGANIZADO.
Artículo 1 °.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto modificar el inciso a) del artículo 3º , literal 4.2,
del artículo 4, el numeral 3° del inciso b) literal 7.2 del articulo 7° , el inciso e)
literal 8.3 del artículo 8º e incluir el inciso e) del Numeral 4.1 del Artículo 4 del
Decreto Legislativo Nº 1186, norma que regula el uso de la fuerza por parte de
la policía nacional del Perú, a fin de optimizar el marco legal que regula el uso
de la fue(Zá por parte del personal de la Policía Nacional de Perú r-estifuyendo el
principio de proporcionalidad y tomando en cuenta el criterio de razonabilidad
subjetiva para cumplimiento de su finalidad constitucional.

LEY QUE REGULA EL USO DE LA FUERZA POR PARTE DE LA POLICÍANACIONAL DEL PERÚ EN SU LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA Y CRIMEN ORGANIZADO

Artículo 1 °.- Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto modificar el inciso a) del artículo 3º , literal 4.2,del artículo 4, el numeral 3° del inciso b) literal 7.2 del articulo 7° , el inciso e) literal 8.3 del artículo 8º e incluir el inciso e) del Numeral 4.1 del Artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1186, norma que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, a fin de optimizar el marco legal que regula el uso de la fuerza por parte del personal de la Policía Nacional de Perú restifuyendo el principio de proporcionalidad y tomando en cuenta el criterio de razonabilidad subjetiva para cumplimiento de su finalidad constitucional.

Artículo 2º .- Modifíquese el inciso a) del artículo 3º del Decreto LegislativobNº 1186 e·incorpórese el inciso e)

Modifíquese, el inciso a) del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú e incorpórese inciso e) el en los siguientes términos:

"Artículo 3°.- Definiciones Para los efectos del pre,sente decreto legislativo se debe tener en cuenta las siguientes definiciones:

a. Fuerza. - Es el medio compulsivo que en sus diferentes niveles usa el personal de la Policía Nacional del Pertí, dentro del marco de la ley, para lograr el control de una situación que constituye una amenaza o atenta contra fa seguridad, el orden público, la integridad o la vida de las personas.''

(. . .)

e) Criterio de razonabilidad subjetiva: Es un estándar dirigido al personal policial y a su proceso de interno de toma decisiones: e.! policía debe tener muy claro que, frente a situaciones extremas. en fas que la vida o la integridad física de las personas se encuentra en peligro real e inminente, bastara su honesta percepción o creencia de que tal peligro se concretara para que este habilitado a emplear la fuerza o el arma de fuego."

Articulo 3°.- Incluir el inciso e), numeral 4.1, del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1186

Incluir el inciso e), literal 4.1, del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, modificado por la Ley Nº 30644, ley que modifica el iniciso c) del artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1186, en los siguientes términos:

 

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