SE PROPONE REESTRUCTURAR EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1326,
DECRETO LEGISLATIVO QUE REESTRUCTURA EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE DEFENSA JURÍDICA
DEL ESTADO Y CREA LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
Artículo 1. Objeto
La presente ley tiene por objeto modificar el Decreto Legislativo 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídico del Estado y crea la Procuraduría General del Estado.
Artículo 2. Finalidad
La presente ley tiene por finalidad garantizar y optimizar la defensa jurídica del Poder Legislativo en el contexto del Sistema Administrativo de Defensa Jurídico del Estado.
Artículo 3. Modificación del artículo 16 del Decreto Legislativo 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídico del Estado y crea la Procuraduría General del Estado
Se modifica el artículo 16 del Decreto Legislativo 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídico del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, con el siguiente texto:
"Artículo 16.- Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo:
(...) 6. Dirigir el proceso de selección para la designación de los/as procuradores/as públicos. Los titulares del Poder Legislativo, Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autónomos porponen una tema que será evaluada por el Consejo Directivo, de acuerdo al momento, lueog de la cual se eleva la propuesta al Procurador General del Estado para su designación.
La designación y/o nombramiento de los procuradores públicos regionales y municipales se norma por su respectiva ley orgánica (...)"
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