SUNAFIL DESCARGOS PRESENTADOS POR LA DEFENSA FUERA DE PLAZO TIENEN QUE VALORARSE.


14 de septiembre (Alerta Informativa).- Los descargos que una empresa inspeccionada presente en forma extemporánea ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) dentro de un procedimiento administrativo sancionador en materia sociolaboral deben ser valorados, a fin de no vulnerar el derecho de defensa del administrado.

Este constituye el principal lineamiento jurisprudencial administrativo que se desprende de la Resolución N°156-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala emitida por el Tribunal de Fiscalización Laboral de esta entidad supervisora, mediante la cual al resolver un recurso de revisión y declarar nulo un informe final de instrucción, fija una pauta para la tramitación del procedimiento administrativo sancionador en materia sociolaboral.

Fuente: Diario Oficial el Peruano