Corte Suprema determina que el arrebato de celular supone un tipo de violencia física en la configuración del delito de robo [R.N. 1443-2023/Lima Sur]
Fundamento relevante:
Octavo. Sin embargo, cabe mencionar que lo alegado por el procesado no tiene consistencia jurídica para invalidar la imputación ni la configuración del delito de robo con agravantes porque el arrebatamiento del teléfono celular supuso la materialización de un tipo de violencia física que con un grado de intensidad mínimo tiene relevancia penal porque estuvo encaminado a facilitar el apoderamiento del teléfono celular máxime si, además, hubo un posterior forcejeo para la sustracción de la cartera de la víctima. En consecuencia, se advierte que la violencia ejercida por el acusado fue la causa determinante del desapoderamiento de las pertenencias de la víctima.
Lima, doce de marzo de dos mil veinticuatro
CONSIDERANDO
IV. DEL DICTAMEN FISCAL SUPREMO
Sexto. El fiscal supremo en lo penal opina porque se declare no haber nulidad en la sentencia recurrida bajo los siguientes argumentos:
6.1. Los argumentos esgrimidos por la defensa técnica del recurrente Randy Yerson Liñán Quispe no encuentran sustento probatorio ni obedecen a las reglas de la lógica porque este, al descender del vehículo que cerró el paso a la agraviada (en horas de la noche), se acercó a ella y violentamente le arrebató bruscamente su teléfono celular, para lo cual le golpeó la oreja y parte de la cara, y jaló del asa de su morral hasta romperla y huir del lugar en el citado vehículo. Situación que así descrita configura el elemento típico de “violencia” para el delito de robo con agravantes.
6.2. Así también se observa que converge en el hecho imputado el amedrantamiento sufrido por la agraviada al cerrársele el paso con un vehículo del que descendió el imputado, lo cual fue causa determinante del desapoderamiento y redujo toda capacidad de reacción de la víctima.
6.3. A su vez, se observa que el Ad quem tomó en cuenta las características personales del recurrente y le impuso la pena mínima legal prevista para el delito de robo con circunstancias agravantes vigente a la fecha de ocurridos los hechos. En consecuencia, opina que el recurso de nulidad debe ser desestimado
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