LA INTOLERABILIDAD DE LA PRISION PREVENTIVA


LA INTOLERABILIDAD DE LA PRISION PREVENTIVA

Por Alberto M. Binder

La prisión preventiva es la institución maldita del derecho procesal. Lo es en varios sentidos. En primer lugar porque todavía muchas de las construcciones teóricas y normativas que diseñan un proceso penal moderno, garantista y democrático se estrellan ante la realidad masiva del encarcelamiento antes del juicio, que es precisamente la negación más cabal de sus principios básicos. En segundo lugar porque no hemos hallado aún una política constante de reducción y racionalización del uso de esta institución y, por el contrario, no sabemos nunca cuando estamos a la puerta de un nuevo período expansivo. En tercer lugar porque tampoco hemos hallado aún una adecuada conceptualización teórica de una medida, una práctica y un sistema que se resiste a ser explicado con los conceptos tradicionales. En cuarto lugar porque el encarcelamiento preventivo es la gran herramienta de la selectividad hiriente que empuja a los sectores más vulnerables de la sociedad a un encierro cada día más cercano a las penas crueles e infamantes que prometimos abolir. Frente a este panorama quien diga que se trata de un mero instrumento de cautela, cierra los ojos frente a las más clara de las realidades.

En consecuencia debemos insistir en la necesidad de continuas investigaciones que nos permitan realizar hallazgos sobre su sustitución, reflexiones que nos permitan explicar con profundidad –y sin arquetipos fáciles- el funcionamiento del sistema penal y formas divulgativas que nos ayuden a cambiar los resortes de prácticas que, en definitiva, son decisiones de seres humanos concretos y cuantificables. Esto sólo es una justificación más que suficiente para esta publicación que explora el fenómeno de la prisión preventiva en el marco de los procesos de reforma de la justicia penal.

 

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