Poseedor ilegítimo o precario es sujeto pasivo del delito de usurpación
Recurso de Nulidad N° 2477-2016/Lima
Fecha de emisión: 12 de abril de 2017
Fundamento destacado
El sujeto pasivo en este delito es aquel que se encuentra en posesión directa del inmueble; en ese sentido, el poseedor debe ostentar la tenencia del bien inmueble al momento del hecho delictivo, sin que sea relevante el título que pueda tener sobre él. Los casos de posesión ilegítima o posesión precaria también están amparados por el derecho penal, no pudiendo ser privado el poseedor del inmueble sino por la vía lícita.
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