Presupuestos para determinar la prolongación de la prisión preventiva [ RECURSO DE APELACIÓN N.° 13-2024 / NACIONAL]



SALA PENAL PERMANENTE
–AUTO DE APELACIÓN SUPREMA–

Lima, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro

 

el requerimiento
fiscal de prolongación de prisión preventiva debe examinarse, primero, desde
el presupuesto y los requisitos específicos establecidos en el artículo 274,
numeral 1, del CPP –dificultades especiales en el procedimiento de
investigación y ausencia de peligrosismo procesal–; y, segundo, desde el
estricto cumplimiento del principio de proporcionalidad en orden a la justificación
de la prolongación del mandato de prisión preventiva, eje esencial del
ordenamiento que regula la viabilidad de la restricción de derechos
fundamentales –en este caso, del derecho a la libertad personal– en relación
con el aseguramiento de los fines del proceso penal.

Segundo. el requerimiento fiscal de prolongación de prisión preventiva debe examinarse, primero, desdeel presupuesto y los requisitos específicos establecidos en el artículo 274,numeral 1, del CPP –dificultades especiales en el procedimiento deinvestigación y ausencia de peligrosismo procesal–; y, segundo, desde elestricto cumplimiento del principio de proporcionalidad en orden a la justificaciónde la prolongación del mandato de prisión preventiva, eje esencial delordenamiento que regula la viabilidad de la restricción de derechosfundamentales –en este caso, del derecho a la libertad personal– en relacióncon el aseguramiento de los fines del proceso penal.

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