SUNAT REGULA REGISTRO DE OPERACIONES SOBRE INSUMOS QUÍMICOS FISCALIZADOS.


01 de septiembre (Alerta Informativa).- Con la finalidad de fortalecer el control de insumos químicos, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) aprobó la norma que regula las obligaciones de registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros.

La Resolución de Superintendencia Nº 000122-2021/SUNAT señala que el inventario inicial debe realizarse e informarse a la Sunat por las presentaciones de bienes fiscalizados de cada uno de los establecimientos inscritos en el registro y de los empresas terceras inscritas en el citado registro que le prestan el servicio de almacenamiento de bienes fiscalizados.

También se precisa que en el caso no se cuente con stock por presentaciones en determinado(s) establecimiento(s), se debe registrar cero como valor de aquel e informarlo así a la SUNAT.