JUECES DEBERÁN LLEVAR A CABO LAS AUDIENCIAS DESDE DESPACHO JUDICIAL


12 de junio.- Mediante Resolución Administrativa N° 000213-2023-CE-PJ se establece que jueces deberá realizar sus audiencias desde su despacho judicial y podrán ser de forma virtual o presencial.

Dicha disposición estableció en el aparatado 2.13. y siguientes que:

Los jueces y juezas de todas las instancias obligatoriamente llevarán a cabo las audiencias desde el despacho judicial respectivo, pudiendo estas desarrollarse de forma virtual o presencial. Las audiencias virtuales se realizarán a través del aplicativo Google Meet, estableciéndose la plena vigencia del “Protocolo temporal para audiencias judiciales virtuales durante el período de emergencia sanitaria” aprobado por Resolución Administrativa N° 173-2020-CE-PJ, con excepción de las disposiciones relativas a la emergencia sanitaria por el covid-19 que quedan sin efecto.

2.14 Establecer la vigencia de la Resolución Administrativa N° 268-2020-CE-PJ que aprobó el procedimiento para el “Trámite remoto de expedición de certificados de antecedentes penales para ciudadanos extranjeros”, con excepción de las disposiciones relativas a la emergencia sanitaria por el covid-19 que quedan sin efecto.

2.15 Los jueces y juezas deben atender de manera presencial o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”, a los abogados y partes procesales.

2.16 El personal jurisdiccional y administrativo atenderá presencialmente a los abogados y partes procesales.

2.17 Disponer que los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisen el trámite de los expedientes y la producción jurisdiccional de los jueces y juezas; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

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