FACULTADES DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL [CASACIÓN N° 1181-2019 NACIONAL ESPECIALIZADA]



SUMILLA:

El órgano revisor en segunda instancia se encuentra habilitado normativamente para declarar la nulidad, incluso de oficio, total o parcial, así como para ordenar las subsanaciones pertinentes para superar el vicio en el que se incurrió, para lo cual debe retrotraer el proceso al estadio donde se generó el vicio. El ejercicio del control formal de la acusación fiscal es facultad y obligación del órgano jurisdiccional, lo que en modo alguno afecta el principio acusatorio o genera la parcialidad de este.

SENTENCIA DE CASACION

FUNDAMENTOS DE DERECHO

6.2 Cabe precisar previamente que el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva permite que toda persona sea parte en un proceso donde el órgano que ejerza facultades de jurisdicción resuelva sus pretensiones mediante una resolución debidamente motivada en razones fácticas y jurídicas y en el marco del debido proceso.

6.3 El debido proceso tiene a su vez dos expresiones: la formal, ligada a las garantías esenciales del proceso, tales como el derecho a la defensa, a la debida motivación de las resoluciones judiciales, a la pluralidad de instancias, entre otros; y, por otro lado, la expresión sustancial, vinculada a la observancia de preceptos de justicia y razonabilidad a través de juicios de proporcionalidad, interdicción de la arbitrariedad, entre otros.

6.4 Por su parte, el principio acusatorio constituye un elemento del debido proceso que:

Imprime al sistema de enjuiciamiento determinadas características: a) Que no puede existir juicio sin acusación, debiendo ser formulada esta por persona ajena al órgano jurisdiccional sentenciador, de manera que si ni el fiscal ni ninguna de las otras partes posibles formulan acusación contra el imputado, el proceso debe ser sobreseído necesariamente; b) Que no puede condenarse por hechos distintos de los acusados ni a persona distinta de la acusada; c) Que no pueden atribuirse al juzgador poderes de dirección material del proceso que cuestionen su imparcialidad.

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